«¿Cuánto crédito tengo para formar a mi gente este año?» Es la primera pregunta que nos hace cualquier gerente en Mallorca cuando descubre la formación bonificada. La respuesta depende de dos datos que ya tienes: lo que tu empresa ingresó el año pasado en concepto de cuota de formación profesional y el tamaño de tu plantilla.
En este artículo te enseñamos la fórmula, los tramos por número de trabajadores y la parte que debe asumir la empresa. Al final sabrás calcular una cifra aproximada en dos minutos. Y si prefieres el dato exacto, nosotros lo consultamos por ti en la aplicación de FUNDAE.
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¿De dónde sale el crédito de formación?
Cada trabajador por cuenta ajena cotiza por formación profesional un 0,7 % de su base de cotización: el 0,6 % lo paga la empresa y el 0,1 % el trabajador. Ese importe aparece en los recibos de liquidación de cotizaciones que presenta tu asesoría cada mes.
La Ley 30/2015 establece que la empresa dispone de un crédito para formar a su plantilla que resulta de aplicar, a la cuantía ingresada por cuota de formación profesional durante el año anterior, un porcentaje que depende del tamaño de la empresa. El porcentaje lo fija cada año la Ley de Presupuestos Generales del Estado y se ha mantenido estable en los últimos ejercicios.
La fórmula, por tanto, es esta:
Crédito de formación = cuota de formación profesional ingresada el año anterior × porcentaje según plantilla
Porcentajes de bonificación según la plantilla
Tramos de crédito por tamaño de empresa
| Plantilla | Crédito de formación |
|---|---|
| De 1 a 5 trabajadores | Crédito mínimo de 420 € por empresa |
| De 6 a 9 trabajadores | 100 % de la cuota de formación profesional ingresada |
| De 10 a 49 trabajadores | 75 % de la cuota ingresada |
| De 50 a 249 trabajadores | 60 % de la cuota ingresada |
| 250 o más trabajadores | 50 % de la cuota ingresada |
Fíjate en el primer tramo. Las empresas más pequeñas tienen garantizado un crédito mínimo de 420 euros, aunque su cuota real sea inferior. Para un bar con tres empleados o una tienda con dos dependientes, eso da para un curso de manipulador de alimentos, de alérgenos o de atención al cliente cada año sin coste.
El tamaño de plantilla que se tiene en cuenta es la plantilla media del año anterior, no la que tengas el día que compruebes el crédito. Si tu empresa ha crecido mucho este año, el porcentaje seguirá siendo el del tramo anterior hasta el ejercicio siguiente.
Un ejemplo con números
Calcula el crédito de una empresa de 12 trabajadores
Suma la cuota del año anterior
Revisa los doce recibos de liquidación del año pasado y suma la casilla de formación profesional. Supongamos que da 2.100 €.
Localiza tu tramo
Con 12 trabajadores de plantilla media, el porcentaje es del 75 %.
Aplica el porcentaje
2.100 € × 75 % = 1.575 € de crédito de formación para este año.
Resta lo que ya hayas bonificado
Si en marzo bonificaste un curso de 600 €, te quedan 975 € para usar antes de diciembre.
Como orientación rápida: la cuota de formación profesional es el 0,7 % de las bases de cotización. Una plantilla con una masa salarial anual de 300.000 € genera unos 2.100 € de cuota. A partir de ahí, aplica tu tramo.
Cofinanciación privada: la parte que pone la empresa
La normativa exige que las empresas participen en el coste de la formación con una aportación propia, la llamada cofinanciación privada. Es un porcentaje sobre el coste total de la formación del año y también depende del tamaño de la plantilla:
| Plantilla | Cofinanciación privada mínima |
|---|---|
| De 1 a 5 trabajadores | Exentas (0 %) |
| De 6 a 9 trabajadores | 5 % |
| De 10 a 49 trabajadores | 10 % |
| De 50 a 249 trabajadores | 20 % |
| 250 o más trabajadores | 40 % |
Aquí viene la buena noticia. Los costes salariales de los trabajadores mientras se forman dentro de su jornada laboral cuentan como cofinanciación privada. Si tu equipo hace el curso en horario de trabajo, lo normal es que ese requisito quede cubierto sin poner un euro adicional. Por eso solemos recomendar que al menos parte de la formación se haga en jornada laboral.
¿Dónde consultar el crédito exacto?
- En la aplicación telemática de FUNDAE, accediendo con el certificado digital de la empresa: muestra el crédito asignado, lo bonificado y lo disponible.
- A través de tu entidad organizadora: nosotros consultamos el crédito de todas las empresas que nos autorizan y te lo enviamos al inicio del año.
- Con tu asesoría laboral, sumando la cuota de formación profesional de los recibos de liquidación del ejercicio anterior.
Empresas nuevas y nuevos centros de trabajo
Si tu empresa se ha creado este año no tiene cuota ingresada el año anterior, así que la fórmula general no sirve. Para estos casos la normativa prevé un crédito por cada trabajador de nueva incorporación, con el mismo mínimo garantizado que las empresas pequeñas. Lo mismo ocurre cuando abres un nuevo centro de trabajo y contratas personal para él. El importe concreto lo fija la normativa vigente cada año; si estás en esta situación, te lo calculamos.
¿Qué pasa con el crédito que no uses?
El crédito es anual. Lo que no bonifiques en las cotizaciones de ese ejercicio, en general, se pierde. Hay una excepción pensada para las pymes: las empresas de menos de 50 trabajadores pueden comunicar a FUNDAE su voluntad de acumular el crédito con el de los ejercicios siguientes. Esa comunicación tiene su plazo, así que conviene decidirlo pronto.
Nuestro consejo es simple: no dejes el cálculo para noviembre. Consulta el crédito en enero, planifica dos o tres acciones repartidas en el año y utiliza el catálogo de cursos para cubrir primero la formación obligatoria (prevención de riesgos, alérgenos y manipulación de alimentos, protección de datos) y después la que mejore el negocio.
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Preguntas frecuentes
¿El crédito de formación se calcula con la plantilla actual o con la del año pasado?
Con la plantilla media del año anterior, igual que la cuota. Si tu empresa ha cambiado de tramo este año, el nuevo porcentaje se aplicará al calcular el crédito del ejercicio siguiente.
¿Puedo gastar más de mi crédito si el curso es más caro?
Sí, pero la diferencia la paga la empresa. La bonificación nunca puede superar el crédito disponible ni el coste máximo bonificable por participante y hora que fija la normativa para cada modalidad.
¿Cuenta el sueldo de los trabajadores durante el curso como cofinanciación?
Sí. Los costes salariales de las horas de formación realizadas dentro de la jornada laboral computan como cofinanciación privada. En la mayoría de pymes es suficiente para cubrir el porcentaje exigido.
¿Se puede pasar el crédito de un año al siguiente?
Solo las empresas de menos de 50 trabajadores, y siempre que lo comuniquen a FUNDAE en plazo. Si no se comunica, el crédito no utilizado se pierde al terminar el año.
