¿Qué es el contrato de formación en alternancia?
El contrato de formación en alternancia está regulado en el artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajadores, en la redacción del Real Decreto-ley 32/2021 de reforma laboral. Su objetivo es compatibilizar una actividad laboral retribuida con un proceso formativo de formación profesional, estudios universitarios o del Catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.
Dicho de forma sencilla: la persona trabaja en tu empresa parte de la jornada y el resto del tiempo se forma en algo relacionado con su puesto. Tu empresa paga solo el tiempo de trabajo efectivo, disfruta de una reducción de las cuotas a la Seguridad Social y puede bonificar la formación. La persona aprende un oficio y obtiene una cualificación. En el blog tienes una guía completa del contrato en alternancia, la lista de requisitos para comprobar antes de firmar y las diferencias con el contrato de práctica profesional. La formación complementaria que necesite la persona (PRL, manipulador de alimentos, atención al cliente) sale de nuestro catálogo de cursos.
¿Qué gana tu empresa?
Reducción de cuotas
Las cuotas empresariales a la Seguridad Social se reducen durante toda la vigencia del contrato. Te calculamos el ahorro.
Formación bonificada
El coste de la formación vinculada al contrato se bonifica en las cuotas. La tutoría también puede tener bonificación.
Talento a tu medida
La persona aprende el oficio en tu empresa, con tus procesos y tu equipo. Al terminar, ya está integrada.
Tramitación completa
Plan formativo, autorización de la actividad formativa, coordinación con el centro y seguimiento del contrato.
¿Qué requisitos tiene el contrato de formación en alternancia?
Requisitos, duración y jornada
| Aspecto | Qué establece la normativa |
|---|---|
| Quién puede ser contratado | Personas sin la cualificación reconocida (título o certificado) necesaria para un contrato de práctica profesional. También quien tenga otra titulación, si no ha tenido antes un contrato formativo del mismo nivel y sector. |
| Edad | Hasta 30 años si el contrato se vincula a certificados de profesionalidad de nivel 1 y 2 o a programas de alternancia del Catálogo de especialidades. Sin límite de edad si se vincula a estudios de formación profesional o universitarios. Siempre a partir de 16 años. |
| Duración | Mínimo 3 meses y máximo 2 años, según el plan formativo. Prorrogable hasta el máximo y realizable de forma no continuada bajo un solo contrato. |
| Periodo de prueba | No puede pactarse. Si la persona continúa después en la empresa, tampoco cabe un nuevo periodo de prueba y el tiempo cuenta como antigüedad. |
| Tiempo de trabajo efectivo | Máximo el 65 % de la jornada máxima del convenio el primer año y el 85 % el segundo. Sin horas extraordinarias (salvo siniestros), sin horas complementarias y sin trabajo nocturno ni a turnos, salvo que la formación no pueda hacerse en otro horario. |
| Retribución | La que fije el convenio para estos contratos. En su defecto, al menos el 60 % el primer año y el 75 % el segundo del salario del grupo profesional, y nunca inferior al salario mínimo en proporción al tiempo de trabajo efectivo. |
| Puesto y tutoría | No cabe si la persona ya ocupó ese puesto en la misma empresa más de 6 meses. La empresa designa una persona tutora que sigue el plan formativo individual y se coordina con el centro. |
¿Qué formación puede vincularse al contrato?
- Estudios universitarios (grado, máster o doctorado).
- Ciclos y módulos de formación profesional del sistema educativo.
- Certificados de profesionalidad (hasta 30 años para los de nivel 1 y 2).
- Especialidades formativas del Catálogo del Sistema Nacional de Empleo y programas de formación en alternancia.
Los importes concretos de la reducción de cuotas y de las bonificaciones por formación y tutoría dependen de la normativa vigente en cada momento y de las características de tu empresa. Te hacemos el cálculo exacto, sin compromiso, antes de firmar.
¿Cómo tramitamos el contrato?
Analizamos el puesto y la persona
Comprobamos que cumplen los requisitos y calculamos el coste real y el ahorro para tu empresa.
Buscamos la formación y preparamos el plan
Localizamos la titulación o especialidad vinculada, acordamos el centro formativo y redactamos el plan formativo individual. Si el puesto lo permite, lo combinamos con cursos de nuestro catálogo.
Tramitamos el contrato
Solicitamos la autorización de la actividad formativa, preparamos el contrato con la distribución de la jornada y coordinamos el alta con tu asesoría.
Seguimiento y bonificaciones
Controlamos la asistencia a la formación, la tutoría y la aplicación mensual de las reducciones y bonificaciones.
Preguntas frecuentes sobre el contrato en alternancia
¿Puedo contratar en alternancia a alguien que ya tiene un título?
Sí, siempre que el contrato se vincule a una formación distinta de la que ya tiene y la persona no haya tenido antes un contrato formativo del mismo nivel y sector productivo. Lo comprobamos caso por caso.
¿Cuánto cobra la persona contratada?
Lo que marque el convenio para este contrato. Si no dice nada, al menos el 60 % el primer año y el 75 % el segundo del salario de su grupo profesional, y siempre como mínimo el salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
¿Cuántas horas trabaja realmente?
Como máximo el 65 % de la jornada del convenio el primer año y el 85 % el segundo. En un convenio de 40 horas semanales, 26 horas el primer año y 34 el segundo. El resto lo dedica a la formación.
¿Puedo hacerle un contrato indefinido después?
Sí, y es lo habitual: la persona ya conoce la empresa y está formada. Si continúa, no puede pactarse un nuevo periodo de prueba y el tiempo del contrato de formación cuenta como antigüedad.
¿Cuánto se tarda en poner en marcha el contrato?
Depende de encontrar la formación vinculada y de obtener la autorización de la actividad formativa, que debe estar concedida antes del inicio. Cuanto antes empecemos, antes se incorpora.
¿Quieres incorporar a alguien con un contrato en alternancia?
Cuéntanos el puesto y te decimos qué formación puede vincularse, cuánto ahorras en cuotas y qué plazos manejamos.

